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¿Vas a Chile? Todo lo que tenés que saber sobre el Paso de Agua Negra

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Por Dossier San Juan

Conocé días, horarios y requisitos para transitar entre San Juan y Coquimbo. Hay novedades sobre el protocolo sanitario.

El Ministerio de Gobierno, a través de la Secretaría de Relaciones Institucionales, informó detalles acerca de días, horarios y requisitos para quienes deseen trasladarse a través del Paso Internacional Agua Negra, que será habilitado el día 7 de diciembre del corriente tras un acuerdo entre San Juan y Coquimbo.

La apertura oficial y la puesta en funcionamiento de los Servicios de Controles Fronterizos, se encuentra programada para el 7 de diciembre a partir de las 11 hs hasta las 17, para los usuarios que salen del país, y desde las 11 hasta las 21 para los usuarios que ingresan al país.

Desde el 8 de diciembre el Paso funcionará de lunes a domingos, incluyendo días festivos, entre las 07 y las 17 horas para usuarios que salen del país y de 07 a las 21 para quienes ingresen; horario que se mantendrá durante toda la temporada de apertura, hasta el cierre oficial, cuya fecha será comunicada oportunamente.

Documentación necesaria para salir del país:

  • Argentinos: DNI tarjeta para países Mercosur o pasaporte para países extra Mercosur.
  • Extranjeros residentes, permanentes o temporarios: DNI tarjeta o libreta bordó formato digital para países Mercosur (Siempre que por su nacionalidad no requieran visa consular para país de destino) y pasaporte de su nacionalidad para países extra Mercosur.

Autorizaciones para menores de edad:

Los menores de 18 años sean ellos: argentinos, residentes permanentes, temporarios o precarios; que hubiesen permanecido en el país UN (1) año o más, sin perjuicio de su categoría migrantes, deberán presentar además del documento de viaje la siguiente documentación:

  • Si viaja acompañado de ambos padres: Acta, partida o certificado de nacimiento original. Con DNI tarjeta digital, si ambos padres figuran al reverso.
  • Si viaja acompañado de sólo uno de sus padres: Autorización para salir del país del otro padre.
  • Si no viaja acompañado de sus padres: La autorización para salir del país de ambos padres.
  • La autorización de uno o ambos padres se puede otorgar por:
  • Dirección Nacional de Migraciones, delegación San Juan (Santa Fe 548 (E)),
  • Escribano Público con legalización Colegio Notarial;
  • Juez competente con sello de la Corte de Justicia;
  • Cónsul argentino o extranjero con legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
  • Los tutores y curadores pueden viajar acompañando al menor debiendo presentar la resolución judicial respectiva que los designa en ese carácter.
  • Si los padres no están de acuerdo o se encuentran imposibilitados de otorgar autorización de viaje, o si el menor se encuentra a disposición judicial, o se encuentra bajo guarda con fines de adopción, se requiere la AUTORIZACIÓN JUDICIAL SUPLETORIA debiendo portar tal documento certificado.

Protocolo sanitario:

Cabe destacar que, toda persona que no tenga el esquema de vacunación completo deberá presentar una prueba PCR de no más de 48 horas de antigüedad y que en caso de dar positivo deberán realizar aislamiento durante cinco días.