Por Dossier San Juan
Luego de que la Jueza Adriana Tettamanti declaró inconstitucional la quita de las PASO, el Fiscal de Estado Jorge Alvo apeló el fallo. La decisión la tomará la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería.
El 16 de diciembre del 2021 no fue un día más en la Cámara de Diputados, ese día se sancionó la eliminación de las PASO en la Provincia de San Juan, tal decisión dejó mucha tela para cortar y hasta el día de hoy se sigue discutiendo. Es que la jueza Adriana Tettamanti, del Contencioso Administrativo, había declarado la inconstitucionalidad del Código Electoral y reinstaló las internas partidarias para la elección de candidatos.
En su momento, La magistrada entendió que hubo «vicios en el trámite de aprobación de la ley», que se verificaron «en los defectos de forma en el procedimiento de formación y sanción» de la norma, lo que la vuelve carente de valor. El año pasado, el oficialismo llevó adelante la quita de las primarias en una sesión que tuvo un tratamiento exprés y convulsionado.
Desde el oficialismo esbozaron que la eliminación de las primarias es simplificarle la vida a los sanjuaninos para que vayan a votar una sola vez en el comicio provincial, además de que señalan que es un mecanismo que se comprende poco y que las fuerzas políticas no lo utilizan casi nunca, sumado a que es un acto costoso.
Como se podía percibir, el tema no quedó ahí. Días atrás el fiscal de Estado, Jorge Alvo, presentó la apelación al fallo de la jueza. La presentación se hizo en en el Juzgado Contencioso Administrativo y se resolverá en la Sala IV de la Cámara Civil. Alvo destacó que “no coincidimos con el fallo de la jueza Tettamanti. Nos ha sorprendido. Se hará la expresión de agravio y confiamos que la Cámara Civil determinará. Le hice saber al gobernador Sergio Uñac sobre la resolución y coincidimos que será apelada porque el fallo consideramos que no es lo legal que debería haber sido.”
En líneas generales el documento presentado por fiscalía de estado expresa que “Definitivamente no existe el vicio alegado por la Sr. Juez de grado; y para el caso que se tuviere por acreditado el mismo (hipótesis poco probable), sostenemos que no se trataría de un requisito que condicione la creación y existencia de la norma impugnada, lo que hace que la presente cuestión NO SEA JUSTICIABLES, y es motivo suficiente para hacer lugar al agravio y revocar la sentencia apelada”.
Hasta el momento, no hubo respuesta verbal de la Jueza Tettamanti, a diferencia de Alvo, que se tomó su tiempo para explicar detalladamente la decisión tomada por el estado. “con interpretaciones arbitrarias e inadecuadas, la Jueza dictó un fallo que interfiere notablemente con el funcionamiento de la Legislatura, ya que le señala» a la Cámara de Diputados qué trámite debe observar para sancionar una ley, cómo debe sesionar, cómo hacer las votaciones y el conteo de votos, al realizar interpretaciones de su Reglamento Interno.
Ahora quedará en manos de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería, integrada por los jueces Juan Romero, Josefina Nacif y Eugenia Varas resolver si da lugar al recurso presentado por el Fiscal de Estado, Jorge Alvo o si, por el contrario, deja firme el fallo de la doctora Adriana Tettamanti que restituye el sistema electoral de las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) tras la presentación realizada en la Justicia por los diputados del giojismo.
