DOSSIER SAN JUAN

¿En qué consiste el protocolo para detectar a policías sanjuaninos borrachos y/o drogados?

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Por Dossier San Juan

Fue aprobado hace casi un mes y el 7 de junio pasado lo publicaron en el Boletín Oficial. Los funcionarios consultados aseguraron que, en realidad, es una práctica antigua, pero que ahora se desarrolló «una forma homogénea y protocolar» para realizar los dosajes.

«Es deber del personal policial someterse a controles y evaluaciones relativas a la faz psicofísica, de estupefacientes, alcoholemia, aptitudes y competencias, en cualquier momento constituyendo su negativa una falta grave», reza el inciso 12º del artículo 25ª de la Ley Nº 298-R, la que regula los derechos y deberes de los miembros de la Policía de San Juan.

Teniendo en cuenta este inciso, desde la Secretaría de Estado de Seguridad y Orden Público realizaron un protocolo para hacerles exámenes a los efectivos sanjuaninos para determinar si llegaron a cumplir sus funciones en estado de ebriedad o bajo los efectos de algún estupefaciente. Se trata del «Protocolo de Actuación Médico Legal-Toxicológico para el Personal Policial» y fue publicado el pasado lunes 7 de junio, en el Boletín Oficial.

Si bien se publicó hace dos semanas, «los dosajes se vienen llevando a cabo desde hace tiempo, solamente que ahora se aprobó una forma homogénea y protocolar que se debe cumplir en todos los casos al momento de realizar estos exámenes a los efectivos sanjuaninos. Antes, a veces se hacía únicamente la prueba de la pipeta; otras veces el dosaje de orina. Ahora, hay un orden procedimental que define cómo se debe actuar», expresó Eduardo Gallastegui, a cargo de la Subsecretaría de Inspección y Control de la Gestión de la Seguridad Pública. Por otro lado, el subsecretario de Estado de Seguridad y Orden Público, Abel Hernández, afirmó que, para que se active el protocolo, debe haber alguna «sospecha» sobre el efectivo en cuestión, no está permitido hacer exámenes de manera azarosa.

¿En qué consiste el protocolo?

Consta de varias etapas. Según lo describe la publicación en el Boletín Oficial, la activación del protocolo debe ser solicitado por el jefe de la dependencia policial que observó alguna anomalía en la conducta del policía en cuestión. De esta manera, debe elaborar una petición de informe, el que debe contener nombre y apellido del policía, DNI, fecha y hora de realización del informe y comisaría interviniente.

Luego de aprobada la solicitud, el efectivo que será sometido al procedimiento de extracción de fluidos de sangre u orina deberá dirigirse hacia el Laboratorio Químico Toxicológico de la Policía de San Juan. Para ello, es fundamental que sea acompañado en todo momento por otro policía de la dependencia interviniente, hasta que se lleve a cabo por completo el protocolo médico-legal, para evitar adulteraciones. El efectivo que acompañe deberá ser del mismo «sexo» que el causante, asegura el Boletín Oficial.

El formulario a completar para la muestra de sangre

El tercer paso es la intervención del laboratorio, el que deberá tomar una muestra de sangre u orina. En caso de tratarse de análisis de sangre, deberán extraer 4 ml. En caso de orina, se le proveerá al causante un recipiente descartable boca ancha, en el que se conservará la muestra. Ambos tipos de muestras se realizarán en presencia de un efectivo policial para evitar posibles adulteraciones.

Cabe resaltar que las muestras de sangre y de orina tienen un plazo máximo de conservación de 30 días. Cumplido ese plazo, las muestras que no fueron examinadas y procesadas deberán ser descartadas.

En caso de negatividad a realizarse la extracción de fluidos

En este caso, la publicación en el Boletín Oficial afirma: «En caso que la persona se negara a la extracción de sangre y/o toma de muestra de orina, se deberá notificar a la comisaría interviniente en el hecho, para obtener orden del juzgado que instruye y realizar el procedimiento en forma compulsiva». Hernández sostuvo que se incurriría en una falta grave y hasta podría dar lugar al inicio de un sumario administrativo.