DOSSIER SAN JUAN

Mató con ensañamiento a su vecina luego de que lo atrapara robándole y fue condenado a perpetua

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Por Dossier San Juan

Cristian Di Carlo fue encontrado culpable por el homicidio de María Pérez, ocurrido en Villa Paolini, en Pocito. Las pruebas en su contra.

Cristian Di Carlo fue condenado a perpetua por el asesinato de María Pérez. El crimen ocurrió el 21 de agosto de 2021 en el interior de la vivienda de la víctima, en villa Paolini, Pocito. En ese momento no se obtuvieron datos precisos sobre quién podría haber sido el autor del hecho hasta que a través de una prueba genética que se pudo comprobar.

Había sido el vecino de la casa de enfrente quien le había dado fin a la vida de la mujer. En un intento de obtener múltiples líneas de investigación, se trazó una teoría del caso vinculada a la posibilidad de más de un autor del hecho y se pensó en un momento de una participación criminal en base a vínculos preexistentes entre algunos sospechosos.

Sin embargo, se determinó que era una coartada de Di Carlo el hecho de estar con los posibles sospechosos, pese a que en un primer momento había pruebas que indiciarían que los otros acusados estaban vinculados al homicidio. Debido a que no hubo elementos razonables para pedir el juicio contra los otros inculpados y fueron sobreseídos.

Fue así que solamente llegó como acusado al juicio Cristian Di Carlo, durante el cual no emitió una sola palabra. Mientras que la teoría del caso de la defensa del imputado solo se basó en tratar de excluir la prueba que tenía Fiscalía, la cual fue legalmente obtenida y garantizada durante la etapa de la investigación penal preparatoria.

Di Carlo, ni su abogado, dieron ninguna explicación de cómo llegó el ADN a la manga del pulóver, compatible con el hematoma que tenía en el antebrazo izquierdo. Tampoco pudo explicar cómo llegaron las fotos del revólver, los celulares y los relojes que tenía la víctima a la galería de imágenes de Di Carlo horas después del hecho.

En tal sentido, se pudo constatar la propiedad de las cosas dado que la señora había guardado entre sus documentos una boleta de compra del arma donde salía el número de serie, el cual pudo ser identificado en las fotos que tenía Di Carlo en su celular. Además, le hallaron un pedacito de malla de un reloj que había cortado para ajustarlo a su muñeca.

Asimismo, además de las evidencias genéticas, también hubo pruebas a raíz de la geolocalización y el geoposicionamiento. Es decir, la ubicación por el registro llamadas entrantes y salientes en la zona y horario del hecho, al igual que el tráfico de datos por las fotos que sacó desde WhatsApp y que quedaron alojadas en la galería de enviados.

Es que, si bien él había borrado todo el contenido de su teléfono, obvió hacerlo sobre la carpeta de imágenes enviadas y por eso quedó ese registro con valor probatorio. Asimismo, habían cámaras de seguridad en la zona que coincidían con los horarios de la geolocalización de las antenas de telecomunicaciones que lo ubicaban en la escena del hecho.

En consecuencia, se declaró la culpabilidad de Di Carlo por el delito de homicidio doblemente agravado por ensañamiento y criminis causa, concursados realmente con el delito de robo simple, que tiene una pena de prisión perpetua. Además, el Tribunal rechazó los planteos de la defensa que tenían por finalidad la exclusión de la prueba de la Fiscalía.