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Alivio fiscal para monotributistas: según un especialista sanjuanino, ¿cuáles son sus beneficios?

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Por Dossier San Juan

El viernes último, el Senado le dio media sanción al proyecto. De esta forma, con 60 votos a favor y en unanimidad, la iniciativa impulsada por el titular de Diputados, Sergio Massa, se convirtió en ley luego de su paso y aprobación en la Cámara Baja.

El jueves por la noche el Senado le dio media sanción al proyecto de ley de Alivio Fiscal para monotributistas y autónomos. De esta forma, con 60 votos a favor y en unanimidad, la iniciativa impulsada por el titular de Diputados, Sergio Massa, se convirtió en ley luego de su paso y aprobación en la Cámara Baja.

El Alivio Fiscal, que empezará a regir a partir de este mes si la AFIP acelera la reglamentación y la implementa rápido, implica la actualización de los tramos para el Monotributo con el fin de que estos no tengan que subir de escala a raíz de la inflación, contra la cual las categorías habían quedado desactualizadas.

«Para garantizar que ningún monotributista experimente aumentos en sus cuotas durante el primer semestre del año, la reglamentación retrotrae los valores de las obligaciones de enero a junio de 2021 a los vigentes en diciembre de 2020. De esta forma, los pequeños contribuyentes dejarán de visualizar las diferencias generadas del período enero-junio en el portal web Monotributo o en la Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos (CCMA)», indica la AFIP desde su sitio web.

Según estiman desde el Gobierno, la iniciativa beneficiará a unos 4,5 millones de monotributistas (39% en el AMBA y 61% en el resto del país) y 140 mil autónomos, cuya presión fiscal disminuirá gracias a esta iniciativa.

ALIVIO FISCAL: EN QUÉ CONSISTE, SUS BENEFICIOS Y COMO ESTÁ REGLAMENTADO

En cuanto a los monotributistas de las categorías A y B -las más bajas-, éstos tendrán una exención del pago, mientras que los autónomos que pagan Impuesto a las Ganancias verán una disminución impositiva gracias al aumento de las deducciones al tributo que estos pueden realizar.

Para los autónomos, en tanto, se estableció una suba de las deducciones posibles al Impuesto a las Ganancias, por lo que estos deberán pagar menos del tributo.

Con la Ley de Alivio Fiscal, el Régimen del Monotributo modificará el valor de las escalas para que sea más difícil saltar de una a otra por el efecto de la inflación. En este sentido, este jueves el Senado aprobó un aumento del 60% en los topes de las primeras cuatro categorías.

ALIVIO FISCAL: QUÉ CATEGORÍAS DEJARÁN DE PAGAR IMPUESTOS

Así, los sectores de menor facturación serán los más beneficiados con el aumento del techo que torna más factible mantenerse en escala ante el aumento generalizado de precios

Por otro lado, también se aprobó una exención tributaria a las primeras dos categorías del Monotributo (A y B), las cuales ya no pagarán impuestos impositivos.

De esta forma, los montos finales que estos contribuyentes deberán pagar por mes serán de $ 288 y $ 555 respectivamente, incluyendo únicamente los conceptos por salud y sistema previsional, y no el impositivo.

Cabe resaltar que este beneficio aplica únicamente a los monotributistas «puros», es decir, a quiénes registran un solo ingreso. Por el contrario, quienes cobren jubilaciones, rentas financieras, alquileres de inmuebles o tengan ingresos por trabajar en relación de dependencia no serán incluidos en la exención de las primeras categorías.

Según estableció la ley, los nuevos topes de facturación anual por categoría serán los siguientes:

  • Categoría A: $ 748.382;
  • Categoría B: $1.112.459;
  • Categoría: $1.557.443;
  • Categoría D: $1.934.273;
  • Categoría E: $ 2.277.684,56;
  • Categoría F: $ 2.847.105,70;
  • Categoría G: $ 3.416.526,83;
  • Categoría H: $ 4.229.985,60;
  • Categoría I: $ 4.734.330,03;
  • Categoría J: $ 5.425.770,00; y
  • Categoría K: $ 6.019.594,89.

Por otro lado, y tal como lo indicó el especialista sanjuanino, Facundo Cereceda de «Cereceda y Asociados», el otro beneficio es que se estira el plazo de la recategorización: «Antes se debían recategorizar del 1 al 20, ahora lo estiran del 11 al 29, es decir te dan más tiempo para hacer los cálculos». También, afirmó que «se estiran la fecha de pago. Antes, tenías tiempo de pagar el monotributo hasta los días 20 de cada mes, ahora tenés tiempo hasta los 27. Son cambios muy positivos para pequeños contribuyentes».

A su vez, explicó que desde AFIP establecieron un beneficio exclusivo para los contribuyentes de categoría A y que cumplan con algunos requisitos, como por ejemplo no tener trabajo en relación de dependencia, no tener renta financiera, ni cobrar jubilación. «Ese beneficio consiste en que no pagarán por unos meses la parte impositiva del monotributo. Hay que recordar que el monotributo está cubierto por tres partes: impositiva, jubilación y obra social», expresó Cereceda.